A- de 2012
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Maria Neiffe Ayala De Montaño·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Sólo podrá ser alegada antes de proferido el fallo y por violación al debido proceso
- Rechazar por improcedente
- Carácter excepcional y estricto
- Procede únicamente respecto del auto que rechaza la admisión de la demanda de inconstitucionalidad
- Improcedencia de recursos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de Súplica.
La memorialista interpuso recurso de súplica contra la sentencia T-802/11para que la Corte reconsidere el contenido, alcance y proyección filosófica y material del precitado fallo.
La Sala recuerda que el recurso interpuesto sólo procede en contra del auto de rechazo de la demanda de inconstitucionalidad y, en tal sentido, RECHAZA la solicitud por improcedente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR por improcedente el "recurso de suplica" presentado por la senora Maria Neiffe Ayala de Montano, en contra de la sentencia T-802 de 2011 proferido por la Sala Primera de Revision.
- Segundo. Comuniquese la presente providencia al peticionario, informandole que contra ella no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.